Beneficiario Controlador (BC)
Obligaciones de Identificación y Registro tras las Reformas a la LFPIORPI 2025.
BC 2025
Identificación obligatoria de la persona física de "carne y hueso" que controla o se beneficia de la operación.
Persona Física
Identificación obligatoria
Secretaría de Economía
Registro obligatorio
Documentación Oficial
Con reconocimiento oficial
Listas Negras
Verificación obligatoria

Identificación del Beneficiario Controlador
El Beneficiario Controlador (BC) ahora es una obligación explícita en el Artículo 18 de la LFPIORPI, reemplazando al concepto anterior de Dueño Beneficiario.
La obligación principal es identificar siempre a la persona física de "carne y hueso" que tiene el control o se beneficia de la operación.
Persona Física Obligatoria
Identificación de la persona física de "carne y hueso"
Persona Moral
Forzosamente se debe identificar a su BC con documentación oficial
Documentación Oficial
Documentos con reconocimiento oficial que permitan identificar al BC
Firmas Obligatorias
Firmas del cliente en declaraciones relativas al BC
Registro en Secretaría de Economía
Sociedades Mercantiles
Todas las sociedades mercantiles deben registrar a sus Beneficiarios Controladores en la Secretaría de Economía.
Asociaciones Civiles
Para sociedades y asociaciones civiles, la obligación de registro del BC será ante el Registro Público de la Propiedad estatal.
Diferencias CFF vs LFPIORPI
Dualidad de Regímenes en México
Existe una dualidad de regímenes en México para la identificación del beneficiario controlador, uno en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y otro en la LFPIORPI.
Las reformas no lograron homologarlos completamente, obligando a las empresas a mantener dos modelos de identificación.
CFF (Régimen Fiscal)
Aplica a todas las personas morales por temas de transparencia fiscal internacional (Foro Global de la OCDE)
LFPIORPI (Régimen Antilavado)
Aplica a sujetos obligados por Actividades Vulnerables. Es más estricta ya que exige el registro público
Diferencias en Control
CFF: control con base en acciones superiores al 15%. LFPIORPI: más estricta con registro público obligatorio
Dos Modelos
Las empresas deben mantener dos modelos de identificación de Beneficiario Controlador
Cumplimiento y Obligaciones
Obligaciones del Beneficiario Controlador
La ley antilavado ahora equipara las figuras de Beneficiario Controlador, Beneficiario Real y Propietario Real.
El objetivo es llegar a la persona física de "carne y hueso" que controla o se beneficia de la operación.
Verificación en Listas Negras
El BC debe ser revisado en listas negras al igual que el cliente/usuario
Documentación Completa
Recabar documentos u otros medios de identificación con reconocimiento oficial
Firmas Obligatorias
Obtener firmas del cliente en las declaraciones relativas al BC
Integración de Expedientes
Cumplir obligaciones PLD integrando expedientes y documentación
BC
2025
200
UMAS
12
Meses
15%
CFF

Resguardo de la Documentación
Puntos Clave del BC
Resumen de los aspectos más importantes para el Beneficiario Controlador conforme a la LFPIORPI 2025.
Identificación:
Persona física de "carne y hueso" obligatoria
Registro:
Secretaría de Economía para sociedades mercantiles
Documentación:
Con reconocimiento oficial y firmas obligatorias
Resguardo de la Documentación (Plazo de 10 Años)
Obligación Ampliada:
- La obligación de custodia, protección, resguardo y no destrucción u ocultamiento se amplió de cinco a diez años
- A partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable
- Incluye expedientes de identificación del BC y documentación de soporte
- La documentación debe permitir a la autoridad la reconstrucción de la operación
Proceso de BC:
- Identificación de la persona física de "carne y hueso"
- Registro en Secretaría de Economía para sociedades mercantiles
- Verificación en listas negras del BC
- Obtención de firmas obligatorias en declaraciones
- Resguardo de documentación por 10 años