Umbrales de Identificación y Aviso

Conozca los umbrales de identificación y aviso de la LFPIORPI para 2025. Valores clave en UMAS ($113.14 MXN) y la regla de acumulación de 6 meses.

Introducción a la UMA y los Umbrales

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica utilizada para determinar los montos de las obligaciones en la LFPIORPI.

UMA Diaria 2025

$113.14 MXN

A partir del 1 de febrero de 2025

Umbral de Identificación

Detona la obligación de identificar al cliente y recabar documentación KYC

Umbral de Aviso

Detona la obligación de enviar Aviso al SAT/UIF a través del SPPLD

Plazo de Presentación

Día 17 del mes inmediato siguiente a la operación

Regla de Acumulación

Periodo de 6 Meses

La Regla de Acumulación (Periodo de 6 Meses)

Los Sujetos Obligados deben establecer mecanismos para dar seguimiento y acumular los actos u operaciones de sus clientes.

La obligación de acumulación aplica para algunas operaciones por un periodo de seis meses.

1

Mecanismos de Seguimiento

Establecer sistemas para dar seguimiento y acumular operaciones por montos iguales o superiores al umbral de identificación.

2

Periodo de 6 Meses

La acumulación se realiza por un periodo de seis meses para ciertas operaciones específicas.

3

Suma Acumulada

Cuando la suma acumulada por tipo de operación alcanza el Umbral de Aviso, se debe presentar el Aviso correspondiente.

4

Borrón y Cuenta Nueva

Después de presentar el aviso, se inicia un nuevo periodo de acumulación.

Ejemplo

Arrendamiento

Si se excede el umbral de aviso por la suma de rentas, se presenta el aviso y se reinicia la acumulación.

Tabla de Umbrales

Umbrales por Actividad Vulnerable
Actividad Vulnerable Umbral Identificación Umbral Aviso Valor Mínimo Aviso (MXN)
I. Juegos con Apuesta, Concursos o Sorteos 325 UMAS 645 UMAS $72,975.30
IV. Mutuo, Préstamos o Créditos 1,605 UMAS 1,605 UMAS $181,589.70
V. Inmuebles y Desarrollo Inmobiliario 4,815 UMAS 8,025 UMAS $907,948.50
VI. Metales Preciosos, Joyas, Relojes 805 UMAS 1,605 UMAS $181,592.70
VII. Obras de Arte 3,210 UMAS 4,815 UMAS $544,769.10
VIII. Vehículos (Aéreos, Marítimos, Terrestres) 3,210 UMAS 6,420 UMAS $726,358.80
IX. Blindaje de Vehículos o Inmuebles 2,410 UMAS 4,815 UMAS $544,769.10
X. Traslado o Custodia de Dinero o Valores Siempre 3,210 UMAS $363,179.40
XI. Servicios Profesionales Independientes Siempre* Siempre* N/A
XII. Fe Pública (Notarios y Corredores) Siempre Siempre N/A
XV. Arrendamiento de Inmuebles (Mensual) 1,605 UMAS 3,210 UMAS $363,179.40
XVI. Activos Virtuales (Criptomonedas) 1 UMA 645 UMAS $72,975.30
*Nota: Para Servicios Profesionales (Fracción XI) y Fe Pública (Fracción XII), la obligación se detona por la naturaleza del acto y no por un monto umbral.
UMA 2025: $113.14 MXN | Colores: Amarillo = Actividades principales, Azul = Por naturaleza del acto

Restricción de Pagos en Efectivo

Artículo 32 LFPIORPI

Restricción de Pagos en Efectivo (Art. 32)

La LFPIORPI prohíbe la recepción o entrega de dinero en efectivo para ciertos actos, independientemente de que se alcance el Umbral de Aviso.

Esta restricción es crucial para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

Prohibición Inmuebles (Fracc. V)

Restricción de 8,025 UMAS ($907,948.50 MXN), monto que coincide con el umbral de aviso.

Prohibición Vehículos (Fracc. VIII)

Restricción de 3,210 UMAS ($363,179.40 MXN). Multas del 10% al 100% del valor de la operación.

Prohibición Futura (Bienes Fungibles)

La reforma 2025 otorga facultad para extender esta prohibición a bienes fungibles mediante RCG.

Consecuencias por Incumplimiento

Multas severas que pueden llevar a la quiebra de la empresa por recibir efectivo prohibido.

8,025

UMAS Inmuebles

3,210

UMAS Vehículos

10%

Multa Mínima

100%

Multa Máxima

Art. 32 LFPIORPI

Calculadora UMAS

Conversión UMAS a Pesos

Calculadora de Conversión UMAS 2025

Convierta fácilmente UMAS a pesos mexicanos utilizando el valor oficial de 2025: $113.14 MXN por UMA.

1 UMA = $113.14
100 UMAS = $11,314
1,000 UMAS = $113,140

Calculadora Interactiva

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Restricción de Efectivo y Activos Virtuales

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La siguiente sección profundizará en el Artículo 32 de la LFPIORPI y las prohibiciones de pago en efectivo y activos virtuales.

Restricciones de Efectivo:

Prohibiciones específicas por actividad

Activos Virtuales:

Criptomonedas y regulaciones específicas

Sanciones:

Consecuencias por incumplimiento

Recursos Adicionales

Herramientas Disponibles:

  • Calculadora UMA 2025 completa
  • Tabla de umbrales interactiva
  • Guías de cumplimiento por actividad
  • Plantillas de avisos e informes

Información Importante:

  • UMA 2025: $113.14 MXN (vigente desde 1 febrero 2025)
  • Plazo de presentación: Día 17 del mes siguiente
  • Acumulación: Periodo de 6 meses para ciertas actividades
  • Restricciones de efectivo: Artículo 32 LFPIORPI