Sociedades Mercantiles

Obligaciones Generales del Beneficiario Controlador (BC) para todas las sociedades mercantiles.

Obligación Universal

Extensión de las obligaciones del Beneficiario Controlador a todas las sociedades mercantiles.

Todas las SM

Sin excepción

BC Obligatorio

25% o más

Art. 33 Bis

Requerimientos

Art. 33 Ter

Registro SE

Alcance General y Fundamento Legal
Cap. IV Bis

Alcance General y Fundamento Legal

La reforma de la LFPIORPI de 2025 introdujo el nuevo Capítulo IV Bis, que contiene los Artículos 33 Bis y 33 Ter.

Las obligaciones contenidas en este capítulo aplican a todas las sociedades mercantiles en México.

Todas las SM

Independientemente de si realizan AV

Fortalecer Marco

Marco legal robusto

Compromisos GAFI

Cumplir estándares internacionales

Personas Morales

Todas las mercantiles

Obligación de Identificación del BC

Artículo 33 Bis Requerimientos

Umbral de Control

El concepto de Beneficiario Controlador bajo la LFPIORPI se ha alineado al estándar internacional, reduciendo el umbral de control del 50% al 25% o más del capital accionario.

Equiparable

La ley antilavado ahora establece que la definición de BC es equiparable a beneficiario real y propietario real.

Atender Requerimientos

Si una autoridad competente realiza un requerimiento de información del BC (bajo la LFPIORPI), la sociedad mercantil debe atenderlo. Esto es diferente al CFF, donde el SAT debe fundamentar y motivar su solicitud.

Persona Física

Determinar al BC implica llegar a la persona física de carne y hueso que ejerce el control.

Registro en Secretaría de Economía

Artículo 33 Ter Sistema Electrónico

Obligaciones de Registro

Las sociedades mercantiles deben registrar en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía (SE) la información necesaria para identificar a la persona o grupo de personas que cumplan los supuestos para ser consideradas BC.

También tienen la obligación de presentar un aviso ante la Secretaría de Economía por la inscripción en el libro de registro de la sociedad cuando se realice la transmisión de dominio o constitución de derechos sobre títulos representativos de partes sociales o acciones.

1

Registro Electrónico

Sistema electrónico de la Secretaría de Economía

2

Información BC

Identificar persona o grupo de personas BC

3

Aviso de Transmisión

Inscripción en libro de registro

4

Lineamientos Pendientes

12 meses para emitir reglas

Sociedades Civiles y Asociaciones Civiles

SC/AC Registro Estatal

Diferencias con Sociedades Mercantiles

Las Sociedades Civiles (SC) y las Asociaciones Civiles (AC) no están sujetas a la obligación de registro ante la Secretaría de Economía.

Estas entidades deberán identificar a su respectivo BC y registrarlo en el Registro Público de la Propiedad estatal que les corresponda.

No Registro SE

SC/AC no están sujetas a registro ante Secretaría de Economía

Registro Estatal

Deben registrarse en el Registro Público de la Propiedad estatal

Lineamientos Pendientes

Esperar lineamientos de autoridades competentes estatales

Obligación Fiscal Previa

Ya existía obligación fiscal en el CFF de identificar al BC

SC/AC

No SE

Estatal

Registro

CFF

Previa

BC

Identificar

2025 Reforma

Sanciones y Multas

Incumplimiento BC

Multas por Incumplimiento

Las sanciones establecidas por el incumplimiento de las obligaciones del Beneficiario Controlador en sociedades mercantiles.

Multa Mínima:

2,000 UMAS

Equivalente:

~$226,000 pesos

Por:

No determinar y registrar BC

Resumen de Obligaciones

Sociedades Mercantiles:

  • Identificar y determinar claramente al Beneficiario Controlador
  • Atender requerimientos de autoridades competentes (Art. 33 Bis)
  • Registrar información del BC en sistema electrónico de la Secretaría de Economía (Art. 33 Ter)
  • Presentar avisos por transmisión de dominio o constitución de derechos
  • Conservar información que soporte la identificación del BC

Sociedades Civiles y Asociaciones Civiles:

  • Identificar al Beneficiario Controlador
  • Registrar en el Registro Público de la Propiedad estatal correspondiente
  • Esperar lineamientos de autoridades competentes estatales

Plazos de Implementación:

  • 12 meses para que la Secretaría de Economía emita lineamientos (hasta julio 2026)
  • Las sociedades deben prepararse para el registro obligatorio
  • Multa mínima de 2,000 UMAS (~$226,000 pesos) por incumplimiento