Activos Virtuales y Criptomonedas

Regulación de Activos Virtuales (Criptomonedas) como Actividad Vulnerable (Fracción XVI). Obligaciones 2025, umbrales y alta en el SPPLD para plataformas de intercambio.

Fracción XVI - Activos Virtuales

La Actividad Vulnerable más novedosa y de mayor crecimiento en el entorno digital.

Criptomonedas

Bitcoin, Ethereum, etc.

Intercambio

Comercialización habitual

Exchanges

Plataformas de intercambio

SPPLD

Alta y registro obligatorio

Activos Virtuales
Fracción XVI

Definición de la Actividad Vulnerable (Fracción XVI)

La Actividad Vulnerable se refiere a la comercialización o intercambio habitual y profesional de Activos Virtuales.

Por parte de sujetos distintos a las entidades financieras reguladas por la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech).

Activos Virtuales

Comercialización o intercambio habitual y profesional de criptomonedas.

Habitual y Profesional

La actividad debe ser realizada de forma habitual y profesional.

Exclusión Fintech

Sujetos distintos a las entidades financieras reguladas por la Ley Fintech.

LFPIORPI

Obligaciones conforme a la LFPIORPI, su Reglamento y las Reglas de Carácter General.

Obligaciones de Alta

Y Registro

Umbrales Aplicables

UMA 2025

Umbrales Aplicables (UMA 2025)

La UMA diaria en 2025 es de $113.14 MXN.

Los umbrales para Activos Virtuales son especialmente sensibles, con identificación desde 1 UMA y aviso a partir de 645 UMAS.

1

Identificación

1 UMA ($113.14) - Valor mínimo para integrar el expediente de identificación del cliente/usuario

2

Aviso

645 UMAS ($72,975.30) - Presentar el Aviso ante la Secretaría

3

Detonación del Aviso

El Aviso se presenta cuando el monto de la compra o venta que realice cada cliente es igual o superior a 645 UMAS

4

Acumulación

La obligación de Aviso se activa si se alcanza dicho umbral por virtud de la acumulación de operaciones en el periodo de seis meses

5

Por Cliente Individual

Cada cliente debe ser evaluado individualmente para determinar si alcanza los umbrales

Presentación de Avisos

E Informes

Presentación de Avisos e Informes

Los avisos y informes deben presentarse siguiendo plazos específicos y procedimientos establecidos.

Es obligatorio presentar informes en ceros cuando no se realizaron operaciones objeto de aviso durante el mes correspondiente.

Plazo de Avisos

Los avisos deben presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación

Informes en Ceros

Es obligatorio presentar un informe señalando que no se llevaron a cabo actos u operaciones objeto de Aviso durante el mes correspondiente

Avisos de 24 Horas

Se deben presentar avisos si se tiene conocimiento de que se realizaron operaciones intentadas o sospechosas

Listas de Personas Bloqueadas

Especialmente si el cliente aparece en las listas de personas bloqueadas

17

Día Límite

645

UMAS Aviso

24

Horas

6

Meses

Fracción XVI

Otras Obligaciones

Cumplimiento Reforzado

Otras Obligaciones de Cumplimiento Reforzado (Post-Reforma 2025)

La reforma 2025 introdujo obligaciones adicionales específicas para el sector de Activos Virtuales, incluyendo KYC reforzado, resguardo ampliado y sistemas automatizados.

KYC Reforzado
10 Años
EBR Enfoque

Obligaciones Específicas

  • Conocimiento del Cliente (KYC): Identificar al cliente o usuario y al Beneficiario Controlador
  • Resguardo de Información (10 Años): Custodiar, proteger y resguardar la información por diez años
  • Manual PLD/FT y EBR: Elaborar manual actualizado con Enfoque Basado en Riesgos
  • Sistemas Automatizados: Implementar mecanismos automatizados para monitoreo permanente

Resumen

Activos Virtuales

Puntos Clave de los Activos Virtuales

Resumen de los aspectos más importantes para el cumplimiento de la Fracción XVI en los Activos Virtuales.

Criptomonedas:

Comercialización o intercambio habitual y profesional

SPPLD:

Alta y registro obligatorio en el portal del SAT

Umbrales:

Identificación desde 1 UMA, aviso desde 645 UMAS

Resumen de Cumplimiento

Umbrales Críticos:

  • Identificación: 1 UMA ($113.14) - Valor mínimo
  • Aviso: 645 UMAS ($72,975.30)
  • Acumulación: Regla de acumulación de operaciones por 6 meses
  • Por cliente individual: Cada cliente debe ser evaluado individualmente

Obligaciones Específicas:

  • Alta y registro obligatorio en el SPPLD
  • Designación de representante de cumplimiento (personas morales)
  • KYC reforzado con identificación del Beneficiario Controlador
  • Resguardo de información por 10 años