¿Quiénes son Sujetos Obligados?

Determine si su empresa o persona física es Sujeto Obligado bajo la LFPIORPI. Conozca las 16 Actividades Vulnerables del Artículo 17 y la obligación de registro inmediato en el SPPLD.

Sujetos Obligados
SO Sujeto Obligado

Definición de Sujeto Obligado y Actividad Vulnerable

Los Sujetos Obligados son personas físicas o morales que realizan Actividades Vulnerables conforme al Artículo 17 de la LFPIORPI.

Su finalidad es evitar ser utilizados para el lavado de dinero e identificar a los clientes para aportar datos útiles a la UIF por conducto del SAT.

Prevención

Evitar ser utilizados para el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Identificación

Identificar a los clientes para aportar datos útiles a la UIF por conducto del SAT.

Carácter Habitual

Las Actividades Vulnerables deben ser realizadas de forma habitual o profesional.

Artículo 17

16 fracciones de actividades que pueden ser consideradas vulnerables.

Catálogo de Actividades Vulnerables

Las 16 Fracciones del Artículo 17

El Catálogo de Actividades Vulnerables (Artículo 17)

La LFPIORPI en su Artículo 17 lista las 16 fracciones de actividades que pueden ser consideradas vulnerables.

Dependiendo de la fracción que aplique, se detonan obligaciones específicas, incluyendo umbrales de identificación y aviso.

I

Inmuebles

Compraventa, arrendamiento, promoción inmobiliaria y construcción.

II

Vehículos

Comercialización o distribución de vehículos automotores.

III

Préstamos

Otorgamiento de créditos, préstamos y financiamientos.

IV

Servicios Profesionales

Servicios profesionales independientes (contadores, abogados, notarios).

V-XVI

Otras Actividades

Casas de cambio, casinos, joyería, traslado de valores, entre otras.

Registro SPPLD

Alta y Registro Obligatorio

Portal Oficial SPPLD

El trámite de Alta y Registro se presenta ante el SAT a través del Portal de Prevención de Lavado de Dinero.

  • Portal oficial del SAT
  • Trámite electrónico
  • Disponibilidad 24/7
  • Seguimiento en línea
Acceder al Portal

Requisitos para el Alta

Para el Alta y Registro se requiere estar inscrito en el RFC y contar con la e.firma vigente.

  • RFC inscrito y activo
  • e.firma vigente
  • Documentación completa
  • Representante PLD
Ver Representante PLD

Actualización y Baja

Cualquier modificación debe actualizarse dentro de los seis días hábiles siguientes al hecho que motive la actualización.

  • 6 días hábiles para actualización
  • Cambio de domicilio
  • Agregar actividades
  • Baja sin actividad
Ver Riesgos

Representante PLD

Designación del Representante de Cumplimiento

Representante PLD (Personas Morales)

Las personas morales deben designar a un representante encargado del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ley, quien debe aceptar o rechazar el encargo ingresando con su propia e.firma vigente en el SPPLD.

e.firma Propia
Consejo Administración
SPPLD Aceptación

Responsabilidades del Representante

  • Cumplimiento de obligaciones PLD/FT
  • Aceptación con e.firma propia
  • Responsabilidad ante el Consejo
  • Actualización de información
  • Presentación de avisos e informes

Riesgos por Incumplimiento

Multas Millonarias

Riesgos por Incumplimiento

La omisión de presentar avisos o el incumplimiento de las obligaciones puede resultar en multas extremadamente altas.

Se han registrado multas de cientos de millones de pesos que pueden llevar a la quiebra de la empresa.

Multas Extremas

2,000 y hasta 10,000 días de salario mínimo general (o su equivalente en UMAS).

Riesgo de Quiebra

Multas de cientos de millones de pesos (ej. 741 millones a una distribuidora de automóviles).

Omisión de Avisos

Cuando es descubierto por la autoridad puede aplicar multas severas.

Incumplimiento General

Falta de registro en SPPLD, omisión de obligaciones PLD/FT.

2,000

Días Mínimo

10,000

Días Máximo

741M

Pesos Ejemplo

UMA

Equivalente

Multas Severas

Siguiente Etapa

Umbrales de Identificación y Aviso

Enlace a la Siguiente Etapa

Una vez registrado, el sujeto obligado debe determinar si las operaciones realizadas alcanzan los umbrales de identificación y aviso establecidos para su actividad específica (Art. 17).

Umbrales Específicos:

Cada actividad vulnerable tiene umbrales diferentes

Identificación:

Proceso de identificación de clientes

Aviso:

Presentación de avisos cuando se supera el umbral

Próximos Pasos

Una vez registrado en SPPLD:

  • Determinar umbrales específicos de su actividad
  • Implementar proceso de identificación de clientes
  • Establecer sistema de monitoreo de operaciones
  • Preparar presentación de avisos e informes

Recursos Disponibles:

  • Calculadora UMA 2025 para conversiones
  • Guías de cumplimiento por actividad
  • Plantillas de avisos e informes
  • Asesoría especializada