Medios de Defensa y Cumplimiento Espontáneo

El Artículo 55 como salvador de multas millonarias.

Asesoría Legal y Medios de Impugnación

Mecanismos para defenderse de sanciones y aprovechar los beneficios de la autocorrección.

Art. 55

Oro molido

Perdón Total

Única ocasión

50%

Reducción

Defensa

Recurso y Juicio

Naturaleza de las Sanciones
PAE Cobro

Naturaleza de las Sanciones

Las multas administrativas impuestas por el incumplimiento de la LFPIORPI tienen el carácter de créditos fiscales.

Esto implica que pueden ser cobradas mediante el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), lo que faculta a la autoridad para embargar bienes.

Créditos Fiscales

Naturaleza de las multas

PAE

Procedimiento Administrativo de Ejecución

Embargo

Facultad para embargar bienes

Riesgo

Inducción al error

Cumplimiento Espontáneo

Artículo 55 Oro Molido

Naturaleza y Oportunidad

Posibilidad de autocorrección que permite solventar incumplimientos (como avisos no presentados o fuera de tiempo) de manera espontánea.

Beneficio por Única Ocasión

La Secretaría se abstendrá de sancionar al infractor por única ocasión por el total de las infracciones en que incurra.

Condiciones

Cumplir de manera espontánea y previa al inicio de las facultades de verificación, reconociendo expresamente la falta.

Estrategia

Si un sujeto debe avisos de cinco años, puede presentarlos "de golpe" y acogerse a este beneficio.

Beneficios por Única Ocasión

Perdón Total

Perdón Total de Infracciones

La Secretaría se abstendrá de sancionar al infractor por única ocasión por el total de las infracciones en que incurra.

Este beneficio aplica si el sujeto cumple con las obligaciones de manera espontánea y previa al inicio de las facultades de verificación.

1

Cumplimiento Espontáneo

De manera espontánea

2

Previa a Verificación

Antes del inicio de facultades

3

Reconocimiento Expreso

Reconocer expresamente la falta

4

Estrategia

Avisos de cinco años "de golpe"

Beneficios Posteriores y Controversia

50% Reducción

Reducción del 50% en Casos Subsecuentes

Si el sujeto obligado ya ha utilizado el beneficio del perdón total, la Secretaría reducirá hasta en un 50% el monto de las multas.

Esta reducción aplica a las infracciones que se regularicen de manera espontánea y previa al inicio de las facultades de verificación.

Reducción del 50%

Monto de las multas en casos subsecuentes

Condición

Ya haber utilizado el beneficio anterior

Regularización

De manera espontánea y previa a verificación

Controversia Histórica

Texto anterior era ambiguo ("chafita")

50%

Reducción

2024

SCJN

2025

Reforma

Chafita

Antes

2025 Reforma