Proceso de Debida Diligencia (DDC)
Monitoreo Continuo: Listas Negras, PEPs y Perfil Transaccional conforme a la LFPIORPI 2025.
DDC 2025
El aspecto operativo del cumplimiento: monitoreo, gestión de riesgos y consulta de listas.
Debida Diligencia
DDC y EBR
Listas Negras
UIF y SAT
Sistemas Automatizados
Monitoreo permanente
PEPs
Personas Políticamente Expuestas

Aplicación de la Debida Diligencia y EBR
La Debida Diligencia del Cliente (DDC) es el conjunto de procedimientos que aseguran que la identificación del cliente y el conocimiento de su perfil se mantengan actualizados.
Se gestionan los riesgos mediante el Enfoque Basado en Riesgos (EBR).
Identificación Diferenciada
Medidas diferenciadas según el nivel de riesgo del cliente
Alto Riesgo
Tratamiento diferente al de riesgo bajo o medio
Medidas Simplificadas
Para clientes de bajo riesgo
Prevención
No facilitar el lavado de dinero
Consulta de Listas Negras
Listas Obligatorias
El SO debe revisar las listas de terroristas (portal UIF) y las listas del Artículo 69-B del SAT.
Personas Bloqueadas
La UIF tiene la facultad de emitir listas de personas bloqueadas. Si un cliente aparece, el SO debe dejar de tener actividades vulnerables.
Monitoreo y Sistemas Automatizados
Monitoreo y Sistemas Automatizados (Obligación 2025)
Las reformas del 2025 obligan a la implementación de sistemas de monitoreo (Artículo 18, Fracción X).
Es necesario implementar mecanismos automatizados que permitan llevar a cabo el monitoreo permanente de los actos u operaciones.
Mecanismos Automatizados
Implementar mecanismos automatizados para el monitoreo permanente de los actos u operaciones
Identificación de Riesgos
Ayudar a identificar operaciones que no se encuentren dentro del perfil transaccional usual
Seguimiento Intensificado
Permitir dar seguimiento intensificado a clientes o usuarios de alto riesgo
Régimen Transitorio
RCG plazo de 12 meses, pero se recomienda no esperar y comenzar la construcción de inmediato
Personas Políticamente Expuestas
Personas Políticamente Expuestas (PEPs)
La LFPIORPI ahora trae el concepto nuevo de Personas Políticamente Expuestas (PEPs).
Los Sujetos Obligados están obligados a identificarlas y a conocerlas.
Identificación Obligatoria
Los Sujetos Obligados están obligados a identificarlas y a conocerlas
Verificación Automatizada
El sistema automatizado debe ayudar a verificar si el cliente o alguna persona relacionada hasta segundo grado se trata de una PEP
Información Complementaria
Se debe solicitar información complementaria, como la razón por la que pretende llevar a cabo ese acto y los detalles de su puesto público
PEPs
Nuevo
2do
Grado
DDC
2025
24h
Avisos

Resguardo de la Documentación
Puntos Clave del DDC
Resumen de los aspectos más importantes para el Proceso de Debida Diligencia (DDC) conforme a la LFPIORPI 2025.
Debida Diligencia:
DDC y EBR con medidas diferenciadas
Listas Negras:
UIF y SAT - Verificación obligatoria
Sistemas Automatizados:
Monitoreo permanente y seguimiento intensificado
Resguardo de la Documentación (Plazo de 10 Años)
Obligación Ampliada:
- La obligación de custodia, protección, resguardo y no destrucción u ocultamiento se amplió de cinco a diez años
- A partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable
- Incluye expedientes de identificación y documentación de soporte
- La documentación debe permitir a la autoridad la reconstrucción de la operación
Proceso de DDC:
- Aplicación de Debida Diligencia y EBR
- Consulta de Listas Negras y Personas Bloqueadas
- Monitoreo y Sistemas Automatizados
- Identificación y Tratamiento de PEPs
- Resguardo de documentación por 10 años