Proceso de Debida Diligencia (DDC)

Monitoreo Continuo: Listas Negras, PEPs y Perfil Transaccional conforme a la LFPIORPI 2025.

DDC 2025

El aspecto operativo del cumplimiento: monitoreo, gestión de riesgos y consulta de listas.

Debida Diligencia

DDC y EBR

Listas Negras

UIF y SAT

Sistemas Automatizados

Monitoreo permanente

PEPs

Personas Políticamente Expuestas

Debida Diligencia y EBR
DDC 2025

Aplicación de la Debida Diligencia y EBR

La Debida Diligencia del Cliente (DDC) es el conjunto de procedimientos que aseguran que la identificación del cliente y el conocimiento de su perfil se mantengan actualizados.

Se gestionan los riesgos mediante el Enfoque Basado en Riesgos (EBR).

Identificación Diferenciada

Medidas diferenciadas según el nivel de riesgo del cliente

Alto Riesgo

Tratamiento diferente al de riesgo bajo o medio

Medidas Simplificadas

Para clientes de bajo riesgo

Prevención

No facilitar el lavado de dinero

Consulta de Listas Negras

UIF y SAT

Listas Obligatorias

El SO debe revisar las listas de terroristas (portal UIF) y las listas del Artículo 69-B del SAT.

Personas Bloqueadas

La UIF tiene la facultad de emitir listas de personas bloqueadas. Si un cliente aparece, el SO debe dejar de tener actividades vulnerables.

Monitoreo y Sistemas Automatizados

Art. 18 Fracción X

Monitoreo y Sistemas Automatizados (Obligación 2025)

Las reformas del 2025 obligan a la implementación de sistemas de monitoreo (Artículo 18, Fracción X).

Es necesario implementar mecanismos automatizados que permitan llevar a cabo el monitoreo permanente de los actos u operaciones.

1

Mecanismos Automatizados

Implementar mecanismos automatizados para el monitoreo permanente de los actos u operaciones

2

Identificación de Riesgos

Ayudar a identificar operaciones que no se encuentren dentro del perfil transaccional usual

3

Seguimiento Intensificado

Permitir dar seguimiento intensificado a clientes o usuarios de alto riesgo

4

Régimen Transitorio

RCG plazo de 12 meses, pero se recomienda no esperar y comenzar la construcción de inmediato

Personas Políticamente Expuestas

PEPs Concepto Nuevo

Personas Políticamente Expuestas (PEPs)

La LFPIORPI ahora trae el concepto nuevo de Personas Políticamente Expuestas (PEPs).

Los Sujetos Obligados están obligados a identificarlas y a conocerlas.

Identificación Obligatoria

Los Sujetos Obligados están obligados a identificarlas y a conocerlas

Verificación Automatizada

El sistema automatizado debe ayudar a verificar si el cliente o alguna persona relacionada hasta segundo grado se trata de una PEP

Tratamiento Reforzado

Las PEPs requieren un seguimiento mucho más puntual y tratamiento diferenciado

Información Complementaria

Se debe solicitar información complementaria, como la razón por la que pretende llevar a cabo ese acto y los detalles de su puesto público

PEPs

Nuevo

2do

Grado

DDC

2025

24h

Avisos

DDC 2025

Resguardo de la Documentación

10 Años

Puntos Clave del DDC

Resumen de los aspectos más importantes para el Proceso de Debida Diligencia (DDC) conforme a la LFPIORPI 2025.

Debida Diligencia:

DDC y EBR con medidas diferenciadas

Listas Negras:

UIF y SAT - Verificación obligatoria

Sistemas Automatizados:

Monitoreo permanente y seguimiento intensificado

Resguardo de la Documentación (Plazo de 10 Años)

Obligación Ampliada:

  • La obligación de custodia, protección, resguardo y no destrucción u ocultamiento se amplió de cinco a diez años
  • A partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable
  • Incluye expedientes de identificación y documentación de soporte
  • La documentación debe permitir a la autoridad la reconstrucción de la operación

Proceso de DDC:

  • Aplicación de Debida Diligencia y EBR
  • Consulta de Listas Negras y Personas Bloqueadas
  • Monitoreo y Sistemas Automatizados
  • Identificación y Tratamiento de PEPs
  • Resguardo de documentación por 10 años